Desde la entrada en vigor de la Ley de Concursos Mercantiles (LCM) en mayo de 2000, hemos tenido un problema: los Juzgados del Distrito Federal recibieron jurisdicción exclusiva para conocer de todos los procedimientos de insolvencia en México.
Como resultado, todos los procedimientos de insolvencia en nuestro país eran conocidos por jueces no especializados en la materia, ya que eran especialistas en juicios de amparo y en materia civil administrativos y laborales, incluso materia penal.
Dichos juzgados nunca habían tramitado un juicio de concurso mercantil, nunca estuvieron preparados para ello y desde hace 22 años más o menos han rechazado este tipo de procedimientos. Prueba de ello es que en México, desde el año 2000 a la fecha, se han tramitado menos de 1,000 procedimientos de esta naturaleza y son incontables los procedimientos que han sido desechados por los jueces de distrito en toda la República Mexicana.
Como dato cultural, los procedimientos de reestructuración y concurso mercantil antes de la entrada en vigor de la LCM en México se tramitaban en los juzgados locales de cada estado de la República Mexicana. Eran estos tribunales estatales los que tenían el conocimiento y la experiencia para llevar a cabo la conducción de todas las «suspensiones de pago» y quiebras en México.